En general, se puede decir que una entidad acepta como «fiduciaria» a una segunda entidad cuando aquella (la primera entidad) supone que la segunda entidad se comportará exactamente como ella lo espera. Esta relación de confianza se puede aplicar solamente para alguna función específica.

El cometido principal de la confianza en el marco de la autenticación es describir la relación entre una entidad autenticadora y una entidad de certificación; una entidad autenticadora tendrá que estar segura de que puede confiar en que la autoridad de certificación crea solamente certificados válidos y fiables.