Conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.

La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos que acompañan o que están asociados a un documento electrónico y cuyas funciones básicas son:

  • Identificar al firmante de manera inequívoca.
  • Asegurar la integridad del documento firmado. Asegura que el documento firmado es exactamente el mismo que el original y que no ha sufrido alteración o manipulación.
  • Asegurar el no repudio del documento firmado. Los datos que utiliza el firmante para realizar la firma son únicos y exclusivos y, por tanto, posteriormente, no puede decir que no ha firmado el documento.

La firma electrónica se define como los datos en formato electrónico anejos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos que utiliza el firmante para firmar.

Un ejemplo de esta firma puede ser:

  • Una firma gráfica digitalizada, incorporada a un documento.
  • La identificación de un usuario mediante identificativo de usuario y clave, o mediante un PIN, como en el caso de las tarjetas de crédito.

La firma electrónica permite al receptor de un mensaje verificar el origen de la información y que ésta no ha sido modificada desde su generación.

Por tanto, la firma electrónica traslada la validez de la firma manuscrita de documentos en papel al mundo digital.

La Firma electrónica avanzada es la firma electrónica que cumple con los siguientes requisitos:

  1. Está vinculada al firmante de manera única.
  2. Permite la identificación del firmante.
  3. Ha sido creada utilizando datos de creación de la firma electrónica que el firmante puede utilizar, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo.
  4. Está vinculada con los datos firmados por la misma de modo tal que cualquier modificación ulterior de los mismos sea detectable.

Un ejemplo de esta firma electrónica avanzada es la que se emplea en los envíos de correos electrónicos que utilizan criptografía de clave pública, ya que utilizan un código de verificación del contenido del documento.

La Firma electrónica cualificada es una firma electrónica avanzada que se crea mediante un dispositivo cualificado de creación de firmas electrónicas y que se basa en un certificado cualificado de firma electrónica.

Un ejemplo de esta firma electrónica cualificada es la asociada a un documento cuando se usa un DNI electrónico o la que se usa para enviar una factura electrónica, en caso de las empresas.

Se tienen que dar tres condiciones para que se dé esta firma:

  1. Que sea una Firma Electrónica avanzada, es decir, “aquella que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio posterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refieren, y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control”.
  2. Que esté basada en un certificado reconocido, entendiendo por certificado reconocido aquél que cumpla los requisitos establecidos en la Ley en cuanto a la comprobación de la identidad y demás circunstancias de los solicitantes.
  3. Que sea generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma, es decir, aquél que ofrece, al menos, las siguientes garantías:
  • Que los datos utilizados para la generación de la firma puedan producirse solo una vez y asegura razonablemente su secreto.
  • Que existe una seguridad razonable de que los datos utilizados para la generación de la firma no puedan ser derivados de los de verificación de firma o de la propia firma, y de que la firma está protegida contra la falsificación con la tecnología existente en cada momento.
  • Que los datos de creación de firma pueden ser protegidos de forma fiable por el firmante contra su utilización por terceros.
  • Que el dispositivo utilizado no altera los datos o el documento que deba firmarse, ni impide que éste se muestre al firmante antes del proceso de firma.

Según la normativa, un certificado de firma electrónica es una declaración electrónica que vincula los datos de validación de una firma con una persona física y confirma, al menos, el nombre o el seudónimo de esa persona.

Podemos observar que en el ámbito nacional se utiliza indistintamente el término Certificado Digital y Electrónico.

En España, en el ámbito legislativo, únicamente se trata el concepto de Firma Electrónica. Si se quisiera puntualizar podríamos atribuir el término Firma Digital al cifrado matemático de datos y Firma Electrónica a la identificación y muestra de un acto de voluntad, pero de manera genérica diremos también que el término Firma Digital y Firma Electrónica son equivalentes.